a) Medida de protección provisional de Colocación Familiar solicitada por el ciudadano Arnim Júnior De Bourg González, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 3.454.567, en beneficio del niño (Se omite el nombre del niño, niña o adolescente de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), de 9 años de edad, nacido en fecha 06/12/2007.
b) Se otorga de manera temporal la responsabilidad de crianza del niño (Se omite el nombre del niño, niña o adolescente de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), de 9 años de edad, nacido en fecha 06/12/2007, al ciudadano Arnim Júnior De Bourg González, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 3.454.567.
c) Se acuerda oficiar a Profuam, a los fines de que se sirvan incluir en un programa de orientación familiar a las siguientes persona: a) ciudadano Arnim Júnior De Bourg González, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 3.454.567; b) ciudadano Daniel Alberto Espin.....