• CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Partida de la Partida de Nacimiento Nº 181 de fecha dos (02) de abril de 2002, correspondiente al adolescente JOSE ANTONIO PERDOMO RAMIREZ, realizada por la ciudadana ANA FLOR CORREA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad No. V- 7.746.679, por los motivos expuestos en la parte motiva de la presente decisión.
b) De conformidad con los artículos 17 y 22 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ordena Oficiar al Registro Civil de la Parroquia Elías Sánchez Rubio, del Municipio Guajira del Estado Zulia a los fines que se sirva estampar en el original y duplicado, de la Partida de Nacimiento Nº 181, correspondiente al adolescente de autos, sin hacer alteración de la partida, y al margen de esta última una nota marginal señalando que se cometió un error material involuntario al momento de asentar la fecha de nacimiento del adolescente de autos, que nació el día once (11) de Diciembre de 2002,.....