PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DEL ESTADO
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
• Consumado el Acto Procesal del CHIQUINQUIRÁ PEÑA FRANCO y ERWIN SEGUNDO CARRIZO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 19.074.686 y V- 17.327.462, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia,, en el presente expediente de Fijación de la Obligación de Manutención, realizaron una sesión de mediación desarrollada por el Juez titular a cargo de este Despacho, en beneficio único del niño ERWIN SEGUNDO CARRIZO PEÑA, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO.....