Por los fundamentos antes expuestos, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA EXPEDIR VISA, interpuesta por la ciudadana MARINA DELGADO CARRUYO, titular de la cedula de identidad Nº V.- 5.166.874, en beneficio de la adolescente en auto (se omite el nombre de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes).
b) Se advierte que la presente resolución sólo autoriza la expedición de la visa americana de la adolescente de autos, sin que ello, de modo alguno, implique autorización para viajar al extranjero de acuerdo con el régimen previsto en los artículos 392 y 393 de la LOPNA (1998).
c) Conce.....