Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, interpuesta por los ciudadanos MARIA BECERRA Y ALEJANDRO RIOS, venezolanos, cónyuges entre sí, mayores de edad y portadores de las Cédulas de Identidad Nº V- 16.211.851 y v-9.789.535 respectivamente
• DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha 27 de febrero del 2003, ante el Registro Civil de la parroquia JUANA AVILA , Municipio Maracaibo del estado Zulia, contrajeran los ciudadanos antes identificados.
• Se homologan los acuerdos en relación a las Instituciones Familiares, es decir, Custodia y demás contenidos de la Responsabilidad de Crianza, Obligaci.....