declara:
• CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 185-A DEL CODIGO CIVIL, interpuesta por los ciudadanos YRANYELIN YUSETH AYOLA BARBOZA Y OMAR ALBERTO SANCHEZ ESCOBAR, venezolanos, cónyuges entre sí, mayores de edad y portadores de las Cédulas de Identidad Nº V-17.415.467 Y V-18.743.896, respectivamente.
• DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha Diecisiete (17) de marzo de 2006, ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Luís Hurtado Higuera del Municipio Maracaibo del Estado Zulia que contrajeron los ciudadanos antes mencionados.
• Se homologan los acuerdos en relación a las Instituciones Familiares, es decir, Custodia y demás contenidos de la Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, en beneficio de la niña y adolescente de autos.
No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del proceso.
Publíquese. Regístrese.