declara CON LUGAR la solicitud en divorcio por mutuo consentimiento. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos EGLA MARINA PAZ GALBAN y JONNY MIGUEL DELGADO FUENMAYOR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 9.706.379 y 7.713.306, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha veintisiete (27) de agosto de 1986, por ante el Prefecto y Secretario respectivo del Registro Civil del Municipio Chiquinquirá del Estado Zulia, según consta del acta de matrimonio signada con el No. 592 acompañada a los autos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial d.....