Ahora bien, en atención a las premisas expuestas, no puede pasar por alto este Tribunal la circunstancia relevante, que habiendo estado suspendida la ejecución de la sentencia de mérito de la presente causa, hasta tanto se resolviera la adjudicación de un refugio para el demandado de autos, todo con la finalidad de que pudiera desalojar la habitación tipo vivienda objeto del presente juicio, y siendo que tal requerimiento ya se encuentra cubierto como ha quedado plasmado en el desarrollo del presente, esta Juzgadora en base a estos asertos forzosamente ORDENA a la ciudadana MARISOL DEL CARMEN SANTOS MEDCALF, ya identificada, TOMAR POSESIÓN del inmueble constituido por un apartamento distinguido con el No. 25-C, ala C, piso sexto, situado en el edificio El Pino, del conjunto residencial Ciudad del Trébol, en jurisdicción de la parroquia Luís Hurtado Higuera del municipio Maracaibo del estado Zulia, por cuanto se han cumplido, aunque de manera extraprocesal, con todas las previsiones est.....