III.- Por los fundamentos expuestos:
Este TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE GARCIA HERNANDEZ y GLENDA MARIA MARTINEZ, ambos ya identificados; y en consecuencia, disuelto el vínculo de matrimonio que ellos contrajeron el día dieciocho (18) de febrero de mil novecientos noventa y cinco (1995), por ante el Jefe Civil y Secretario, respectivamente, de la parroquia Domitila Flores del municipio Maracaibo del estado Zulia, Acta N° 45.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que durante la vigencia matrimonial procrearon dos (2) hijos quienes llevan por nombre: JOSE ALBERTO GAR.....