Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, fundamentada en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia No. 11.1163, de fecha 02-06-2015, incoada por los ciudadanos DANIELENNYS DIAZ QUERO Y CARLOS EDUARDO GONZALEZ CONTRERAS; ya identificados, en consecuencia, se declara DISUELTO el vinculo matrimonial que contrajeran el día 13 de junio del 2014, por ante la primera autoridad civil de la Parroquia Luís Hurtado Higuera del Municipio Maracaibo Estado Zulia, como se evidencia del acta No. 135, expedida por la referida autoridad.- Así se decide.-