Por las razones expuestas, éste TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE LA CONVERSION EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: HUMBERTO JOSÉ FARIAS CALDERON y DIOMARIS CHIQUINQUIRÁ ROMERO GARCÍA, plenamente identificados al inicio, en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos por ante la primera autoridad civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo Estado Zulia, en fecha veintitrés (23) de mayo de 1992, según se evidencia del acta de matrimonio No. 364, que en copia certificada riela en actas.- Así se Decide.-