... Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y citados, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara suficiente el Derecho que le corresponden a los ciudadanos BRUNO JOSÈ DI MARCO COSENTINO, MAURIZIO DOMENICO DI MARCO COSENTINO y PAOLA GABRIELA DI MARCO COSENTINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. 4.145.637, 7.629.104 y 4.528.032 respectivamente, domiciliados en esta ciudad y municipio autónomo Maracaibo del estado Zulia como descendientes, en consecuencia ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ciudadana IDA COSENTINO DE DI MARCO, quien era venezolana, mayo.....