DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del causante Rafael Ángel Urdaneta Rincón, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.931.604, a las ciudadanas Elida Josefina González de Urdaneta, Eliana Carolina Urdaneta González, Elimar Cristina Urdaneta González y Anny Gabriela Urdaneta Mavarez, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.509.995, 15.466.701, 15.466.705 y 30.238.428, respectivamente, la primera en su condición de cónyuge y las tres últimas en su condición de hijas. Se dejan a salvo los derechos de terceros.