DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada por el ciudadano RAFAEL PALAZZI ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.649.620, asistido por el profesional del derecho ARMANDO PEREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 23.391, FATIMA PULGAR, EDWAR FERRER y YAFET PULGAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.065.602, 9.707.681 y 5.052.620, asistidos por el profesional del derecho JOSÉ MANUEL DELGADO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 9.874, y el ciudadano FREDDY SOSA PERNIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.924......