Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE este Tribunal en razón de la cuantía para conocer de la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, fue interpuesta por los abogados en ejercicio GISELA BARBERII MANZANILLA y GRACIANO BRÍÑEZ MANZANERO actuando como apoderados judiciales del ciudadano HIDALGO ANTONIO RÁNGEL NAVA, contra la Sociedad Mercantil INSTITUTO ZULIANO DE ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA, C.A., representada legalmente por su presidente, el ciudadano VÍCTOR MANUEL CHACÍN CALLES antes identificados, en consecuencia:
SEGUNDO: SE DECLINA el conocimiento de la presente demanda a cualquier Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, que corresponda co.....