Por todos los fundamentos antes expuesto éste JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLRA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos MARLENE BEATRIZ ARRIETA DE MARIN y ALEXIS JOSE MARIN TINEDO, en contra la Sociedad de Comercio INVERSIONES PUERTO CABALLO, en consecuencia, se declara extinguida la hipoteca de segundo grado constituida a favor de los ciudadanos MARLENE BEATRIZ ARRIETA DE MARIN y ALEXIS JOSE MARIN TINEDO, que pesa sobre el inmueble formado por una parcela de terreno y la casa quinta sobe ella construida, identificada con el número 23, manzana "A", situada en la calle 2 de la urbanización Lago Mar Beach, octava etapa, la cual es parte del hato o finca "Cabeza de Toro", entre la carretera a El Moján, la venida Milagro Norte y la Avenida Fuerzas A.....