Por los hechos y fundamentos legales antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
1) INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente solicitud de LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL presentada por los ciudadanos KERWIN JOSE ZAMBRANO RUZ y BELITZA LISMARYS MOLERO RAMIREZ, plenamente identificados en actas.
2) SE DECLINA la competencia al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito de Protección Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que corresponda conocer por efectos de distribución, ordenando la remisión del presente expediente la Unidad de Recepción y Distribuc.....