DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: Que en la solicitud de homologación de convenio por pensión alimentaria contenida en estos autos, propuesta por los ciudadanos JAIRO JOSÉ LUZARDO e ISOLINA DEL VALLE URDANETA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-14.026.929 y V-15.719.398, en su orden, domiciliados en el Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, se configuró la Pérdida de Interés Procesal de los solicitantes, en consecuencia, se da por terminado el trámite y se ordena el archivo del expediente.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada del presente fallo por Secretaría, de conformidad co.....