III.- DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil (Mutuo Consentimiento) propuesta por los ciudadanos ASTOLFO ENRIQUE MORAN QUIVERA y ANA TERESA PORTILLO DE MORAN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-4.989.425 y V-4.432.658, respectivamente, domiciliados en el municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Libertad Distrito Perijá del Estado Zulia hoy Unidad de Registro Civil de la Parroquia Libertad del Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, en fecha nueve (09) de diciembre.....