Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos: CARMEN EUGENIA CONTRERAS SANTIAGO, venezolana, casada, titular de la cedula de identidad N° V.-17.187.178, domiciliada en el sector Palmera, , Casigua el Cubo, Municipio Jesús Maria Semprun del Estado Zulia, y el ciudadano: FREDYS JESUS MONTES GONZALEZ, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-.17.480.964, domiciliado en la residencia Militar Fuerte Macoas, Machiques del Estado Zulia, a favor de su hijo: (IDENTIDAD OMITIDA), de 04 años de edad. Se deja con.....