DISPOSITIVO DEL FALLO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil Venezolano), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, REBECA ELIZABETH RODRÍGUEZ DE PADRON Y ORLANDO RAMON PADRON CASTRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad N° V- v-8.699.073 y V-8.699.320, respectivamente, la primera domiciliada en: Callejón Piar a 38,90 Mts de la Avenida 34, Casa N° 2, de Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas Estado Zulia; y el segundo domiciliado en la Avenida Universidad, Conjunto Residencial Grano de Oro, Torre H, Apartamento H2, Maracaibo del Estado Zulia. Celebrado en fecha di.....