Examinados los documentos acompañados y la norma UT supra transcrita, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas, de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Que son suficiente los derechos que tienen los ciudadanos MARIANELA DEL VALLE SANCHEZ DIAZ, MARIELA JACKELINE SANCHEZ DIAZ, MARY ROSA SANCHEZ ARTEAGA, MAYTE JACKELIN SANCHEZ DIAZ, ANMARY SUGEY SANCHEZ ARTEAGA, CARMEN ANTONIA SANCHEZ DIAZ y ARLEN ANTONIO SANCHEZ LOPEZ, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ARNOLDO ANTONIO SANCHEZ CASTILLO.- ASI SE DECLARA.-