DISPOSITIVA
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de INTERDICTO PROHIBITIVO y el amparo invocado por la ciudadana INGRID BEATRIZ SOTO FARIAS, portadora de la cedula de identidad Numero V-7.865.824, en contra de los ciudadanos VICTOR IVAN GUILLEN AZUAJE y DAUGLAY VICTORIA SOTO FARIA, portadores de las cedulas de identidad Números V-14.847.784 y V-18.340.612 respectivamente, en consecuencia se ordena la DEMOLICION DE TODA LA CONSTRUCCION REALIZADA SOBRE LA PARED DIVISORIA DE AMBAS PROPIEDADES por violentar normas legales y ordenanzas municipales
SEGUNDO: Así mismo se acuerda y exige a la accionante INGRID BEATRIZ SOTO FARIAS, la consignación de una garantía para solventar los daños eventuales que pudieran surgir por la presente decisión, cuya cantid.....