DISPOSITIVA
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
DECLARA:
DISUELTO POR DIVORCIO, de conformidad con el Artículo 185-A, del Código Civil el vinculo Matrimonial existente entre los ciudadanos: NELSON RICARDO SIRA YEPEZ y JOHANNA CAROLINA ARAMBULO VASQUEZ, antes identificados, y que estos contrajeron matrimonio por ante el Registrador Civil del Municipio Maracaibo, Parroquia Idelfonso Vásquez del estado Zulia.-En consecuencia se ordena expedir sendas copias certificadas de la presente decisión al
funcionario que presenció el Matrimonio y al Registrador Principal del Estado Carabobo, a tenor de lo ordenado en los artículos 475, 506 y 507 del Código Civil.-
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión. Déjese por Secretaria Copia Certificada de la .....