Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus MILAGRO JOSEFINA BRACHO FINOL, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número 10.603.461, fallecida el día diecinueve (19) de Diciembre de 2020, en jurisdicción de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; a los ciudadanos LUCIDIO ANTONIO FINOL GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.281.047, domiciliado en el Sector Delicias Viejas, Calle Manaure de la Parroquia Carmen Herrera del Municipio Cabimas del Estado Zulia, en su condición de esposo de la causante y al ciudadano MARCO ANTONIO .....