Por los fundamentos expuestos, esta Juzgadora Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos FABRICIO ALBERTO PAJARO BLANCO Y MARIELA DEL VALLE GUTIERREZ BARRAGAN, ya identificados.
a) DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Libertad del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en fecha trece (13) de julio del año dos mil dos (2.002), según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio N° 46, expedida por la misma.
b) En relación a la Custodia, así como también en lo relativo a la Obligación de Manutención y al Régimen de Convivencia Familiar, se acoge a l.....