Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa por Motivo de: REVISION DE SENTENCIA DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, seguida por la ciudadana YASCRELYS KARINA ACEVEDO CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-15.785.807, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia. en contra del ciudadano JOSE VICENTE GALEA CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-15.240.936, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia.
Publíquese, regístrese. Notifíquese. Déjese copia certificada por secretaria, de conformidad con el artículo 248 del código de procedimiento .....