Por los fundamentos expuestos, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE REVISION DE SENTENCIA POR AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana JOANNETH DEL CARMEN RAMOS SALAS, titular de la cedula de identidad No. V-11.886.783, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistida por la abogada DIAMELIS SALCHEZ, Defensora Pública Primera de la Unidad Regional de Protección de Niños, Niña y Adolescentes, contra el ciudadano WILLIAMS JOSE VILLARROEL SANCHEZ, titular de la cedula de identidad No. V-11.454.241, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por la ciudadana JOAN.....