Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 185-A DEL CODIGO CIVIL, interpuesta por los ciudadanos ENRIQUE MOISÉS GONZALEZ PARRA y CAROLINA ESTHER CHIRINOS DIAZ, venezolanos, casados entre sí, mayores de edad y portadores de la Cédula de Identidad Nros. V-14.522.298 y V-13.402.421, respectivamente.
DISUELTO el vínculo matrimonial que en fecha diez (10) de octubre de 1995, ante la jefatura Civil de la Parroquia Isla de Toas, Municipio Almirante Padilla del Estado Zulia, contrajeran los ciudadanos ENRIQUE MOISÉS GONZALEZ PARRA y CAROLINA ESTHER CHIRINOS DIAZ.
Se homologan los acuerdos en relación a las Instituciones Familiares, es.....