HOMOLOGA el acuerdo mediado celebrado en fecha 3 de marzo de 2016, por los ciudadanos LUIS ORLANDO LOSSADA MARÍN y JENNIFER DEL CARMEN REYES RESTREPO en beneficio del niño LUIS GERÓNIMO LOSSADA REYES en relación con el ejercicio de la CUSTODIA del referido niño, en consecuencia, le imparte su aprobación a todos y cada uno de los términos y judicial decreto con carácter de cosa juzgada.