Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha veinticinco (25) de marzo de 2013, por los ciudadanos: MARIA YSABEL MARVAL DE ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.887.009, domiciliada en el Sector El Lucero, Principal Los Postas Negros, casa s/n, Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistida por la Abogada en Ejercicio MASSIEL FRANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 60.727; y JULIO RAMON ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.961.866, domiciliado en el Sector R-10, casa Nº 160, Sector Curazaito, Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistido por la Abogada en Ejercicio NILDA ROBERTI.....