PRIMERO: El ciudadano DANIEL MANZANERO, podrá visitar o retirar a su hija del hogar materno, los días MARTES y JUEVES de cada semana, en el horario comprendido desde las 4:00 p.m. hasta las 6:00 p.m., siempre y cuando no interrumpa su horario escolar ni perturbe sus horas de descanso. SEGUNDO: El ciudadano DANIEL MANZANERO, podrá compartir con su hija los días SABADO Y DOMINGO, de manera alterna, es decir, un fin de semana para el progenitor y un fin de semana para la progenitora, pudiéndolos retirar del hogar materno los días Sábado a las 9:00am, reintegrándola al hogar materno los días Domingo a las 6:00pm, del fin de semana que le corresponda. TERCERO: El día del cumpleaños de la niña el ciudadano DANIEL MANZANERO, podrá visitarla en el hogar materno, y el día del cumpleaños del ciudadano Daniel Manzanero, así como el día que se celebre el día del padre, la niña podrá compartirlo con el progenitor. CUARTO: El día de la madre y día del cumpleaños de la progenitora, la niña lo compart.....