Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL JUICIO DE DIVORCIO ORDINARIO, solicitado por el abogado en ejercicio JAIME GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 51650, apoderado judicial del demandante, ciudadano ISAAC JUNIOR GARCIA MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-13402935, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por el abogado en ejercicio JAIME GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 51650, apoderado judicial del demandante, ciudadano ISAAC JUNIOR GARCIA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. V-13402935, .....