Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida relativa al estado civil, de nacimiento intentada por la ciudadana ELVIA ZARZA JULIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.951.301, domiciliada en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia, a favor de su hijo, el adolescente (cuyo nombre se omite de conformidad con el articulo 65 de la LOPNNA),, de diecisiete (17) años de edad, insertada bajo el N° 296, del año 2003 del libro de Registro Civil de nacimientos original y su duplicado llevados por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Domitila Flores del Municipio San Francisco del Estado Zulia.
• Se ordena la correcc.....