Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNA, resuelve:
• CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana TATIANA SAIRU GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No V-21.430.111, para que en representación legal y en beneficio del niño Se omite de cnformidad con el articulo 65 de la LOPNNA de edad, reciba en Cheque de Gerencia, a la orden de este Tribunal, la cuota parte que le corresponde a su representado por concepto de Acervo Hereditario como beneficiario del causante GUILLERMO RAMON GARCIA MEDINA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-833.489, todo sin perjuicio del cumplimiento a que hubiere lugar para con el Fisco Nacional, indicándole .....