Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA CAUSA CUSTODIA, suscrito por el ciudadano REMBERTO ALVARADO PEDROZO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº E-83.246.311, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, propuesto por el ciudadano REMBERTO ALVARADO PEDROZO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº E-83.246.311, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en fecha Quince (15) de Noviembre de dos mil dieciséis (2016),, PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA como sentencia definitivamente firme. En consecuencia, se declara termin.....