Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA EXPEDIR PASAPORTE, solicitada por el ciudadano: NELIO ENRIQUE ACOSTA CERBELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-4.539.265, domiciliado en el Municipio Lagunillas del estado Zulia. APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por el ciudadano: NELIO ENRIQUE ACOSTA CERBELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-4.539.265, domiciliado en el Municipio Lagunillas del estado Zulia., asistido por el abogado LEANDRO MORA ORDOÑEZ, inscrito en inpreabogado N° 96.069, en fecha once (11) de Agosto de 2016, PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COS.....