DISPOSITIVA
Por las razones y los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: DECLARO CON LUGAR el procedimiento de flagrancia según el Artículo 93 de la ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano: EVARISTO JOSE PIRELA QUINTERO, de 26 años de edad, Estado Civil concubino, de profesión herrero, titular de la cedula de identidad N° 15.060.832, hijo de ELENA QUINTERO y ANGEL PIRELA, con residencia en la vía Principal Palito Blanco, Sector Lo De Doria, al fondo de la Tienda de Margarita, Sector Santa Lucía, Casa sin numero, por la presunta comisión del del.....