DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el Procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano JESUS ALBERTO PRIETO BELLO, Venezolano, mayor de edad, estado civil concubino, titular de la Cédula de Identidad No 20.282.833, de profesión obrero, hijo de MELVIS BELLO Y ALBERTO PRIETO, residenciado en el Barrio el silencio C.167 n: 49B-1-72, San Francisco , Estado Zulia, de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal ordi.....