DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el articulo 93 de la Ley Especial. SEGUNDO: Decreta las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los Artículos 256 con ordinal 3, al ciudadano: ELIO ANTONIO VILLALOBOS RAMON, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 11/05/1967, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, Titular de la Cédula de Identidad N° 6.808.154, hijo de los ciudadanos RONDON MARIA Y VILLALOBOS ELISAUL, residenciado en el Sector Simón Bolívar Avenida 56, con calle 27, a dos cuartas y media del Hospi.....