Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta PRIMERO: Finalizado el plazo de Régimen de Prueba y luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, y visto que de las actas al folio (163), de la presente causa, Oficio Nº 136-12, del Equipo Interdisciplinario, de fecha 16-04-2012, donde establece que el ciudadano ANGEL ENRIQUE MENDEZ PORTILLO, cumplió con las medidas impuestas por su tribunal, asistiendo a todas las entrevistas programadas por el equipo, acatando el mandato judicial de manera efectiva, voluntaria y oportuna; y tomando en cuenta que la ciudadana DAYANA ROSA VIVAS BUITRAGO en su condición de Victima, manifestó que el ciudadano no la ha molestado se declara con lugar lo solicitado tanto.....