ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía SEGUNDA del Ministerio Público, en contra de los acusados JUAN CARLOS QUINTERO MORALES, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, nacido el 07-08-1965, de 46 años de edad, hijo de Egle Morales y Nelson Quintero, titular de la cedula de identidad V.- 7.979.675 residenciado en la urbanización Doral Sur, Calle 49D, Casa N° 13B-40, Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y ROGER SANTAMARIA PERDOMO, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, nacido el 60-02-1988, de 24 años de edad, hijo de Maritza Perdomo y Pedro Santamaría, titular de la cedula de identidad V.- 18.312.292, residenciado en la Urbanización la Picola, Calle 42, Casa N° 15N-149, Municipio Maracaibo, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, pr.....