Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO CON FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS, CON COMPETENCIA EN LOS DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: declara: PRIMERO: SE revoca la Medida cautelar sustitutiva de la libertad y se Decreta ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra del GABRIEL JOSE PADILLA, de nacionalidad venezolana, fecha de nacimiento 19-01-72, de estado civil Concubino, de profesión Comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-13.877.247, hijo de CARMEN PADILLA Y HERMES YAMARTE, con residencia en sector el marite Barrio Miraflores, calle 110, avenida 111, entrando por el taller el loco, a dos casas exactamente, teléfono 0424-687-79-54, por ser el presunto autor y responsable del delito de Violencia Física, establecido en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violenci.....