DISPOSITIVA
Por las razones y los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECRETA CON LUGAR el Procedimiento de Flagrancia, según lo establecido en el Artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. SEGUNDO: SE DECRETA CON LUGAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano: JHON ERWUIN CORREA, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 09/06/1979, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.845.566, hijo de los ciudadanos ONEIDA CORREA Y SU PADRE SE DESCONOCE, residenciado en el Sur de America, Avenida 11, con calle 84, casa diagonal a.....