Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión en flagrancia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del imputado: BRAULIO ENRIQUE SOTO MONTIEL, de nacionalidad venezolana, fecha de nacimiento 12/01/1981, de estado civil Casado, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.741.179, hijo de los ciudadanos MARTA MONTIEL Y EVANAN SOTO, con residencia en el Barrio Maracaibo de Antaño, calle 99, casa 57B-71 en el Abasto La Azulita, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, VIOLENCIA FISICA Y AMENAZAS, previstos y sancionados en los Artículos 39, 42 y.....