DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por el accionante DIRAIMA DE CARMEN RUBIO ORTEGA, y la sociedad mercantil ORTOPEDIA MEDICO QUIRURGICO STHEFANIA, C.A., por la cantidad de por la cantidad de TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.31.500,oo), para ser cancelada en dos partes, el primer pago para ser realizado el día 15 de junio de dos mil quince (2015), por la cantidad de QUINCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (15.750,oo), ambas mediante cheque a nombre de la trabajadora. Se deja expresa constancia que las partes concurrirán el dí.....