PRIMERO: SE HOMOLOGA el acuerdo transaccional celebrado entre la parte demandante ciudadano ANGEL GONZALEZ, y la parte demandada la Sociedad Mercantil LATINO AMERICANA DE LA CONSTRUCCIÓN, S.A.; todos plenamente identificados en las actas procesales, por la cantidad de SIETE MIL SETECIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 7.700,00), pasándola en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se deja constancia que se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.