TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, dando por terminada la causa con respecto a la sociedad mercantil AJEVEN C.A., según lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, continuando la causa en relación a la codemandada sociedad mercantil TRANSPORTE SANTA LUCIA C.A., en consecuencia se deja sin efecto la prolongación de la audiencia preliminar, pautada para el día 21 de Enero del 2011, se pasa la causa a juicio y se ordena incorporar en el acto las pruebas promovidas, a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de juicio. Así se decide.
LA JUEZ
ABOG. ANA AVILA
EL SECRETARIO
ABOG. OBER RIVAS