Por los motivos antes expuestos, es por lo que este JUZGADO DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuso el ciudadano ARNULFO SUAREZ POLO, en contra del ciudadano ORLANDO ANTONIO CUELLO LEON. (Ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales).-
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar a la actora la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON SEIS CENTIMOS (Bs.3.598.889,6) es decir TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO CON OCHENTA Y OCHO CIENTOS (Bs. F.3.598,88);más los intereses de mora, e intereses sobre prestaciones sociales, así como la indexación o ajuste por inflación que.....