Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
PRIMERO: Se conmina a la parte actora indicar con claridad y precisión la fecha en la cual fue notificada de la providencia administrativa dictada por la Inspectoría del Trabajo sede San Francisco del estado Zulia, de fecha veinte (20) de abril del dos mil diecisiete (2017) mediante la cual se declaró Con Lugar la solicitud de reducción de personal incoada por la entidad de trabajo "PRODUCTORES AVÍCOLA ZULIA, C.A." (PROAVE) en contra del hoy recurrente.
SEGUNDO: Se le concede a la parte actora el lapso de tres (3) días hábiles, para que subsane lo observado, concretamente lo indicado en la presente resolución; so pena de declararla inadmisible el Recurso de Nulidad, todo ello de confor.....